Ley 0

Artículo 104Violación de inmunidades legislativas

Texto oficial

La Cámara tiene para reprimir hasta con treinta días de arresto a quienes atenten contra su autoridad, dignidad e independencia o contra las inmunidades de sus miembros, sin perjuicio de ponerlos en su caso, a disposición de juez competente.

Qué significa en la práctica

La Cámara puede ordenar hasta 30 días de arresto a quien atente contra su autoridad, dignidad o independencia, o intente violar los fueros de sus miembros. Esto es independiente de cualquier proceso judicial.

Ejemplo práctico

Si una persona irrumpe violentamente en el recinto legislativo o amenaza a un diputado en ejercicio de sus funciones, la Cámara puede ordenar su arresto por hasta 30 días, sin necesidad de intervención judicial inmediata.

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