Ley 0

Artículo 113Suspensión de sesiones

Texto oficial

Durante el transcurso del período ordinario, la Cámara no podrá suspender sus sesiones por más de tres días hábiles consecutivos, salvo causa de .

Qué significa en la práctica

Durante el período ordinario de sesiones (marzo a diciembre), la Cámara no puede parar de sesionar por más de 3 días hábiles seguidos, salvo que haya una causa de (terremoto, pandemia, etc.).

Ejemplo práctico

Si la Cámara decide tomarse "vacaciones" en julio por una semana sin causa justificada, viola la Constitución; solo puede suspender sesiones por hasta 3 días hábiles.

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