Ley 0

Artículo 155Composición del Superior Tribunal de Justicia

Texto oficial

El Superior Tribunal de Justicia estará integrado por el número de miembros que fije la ley, el que no podrá ser inferior a cinco, y se dividirá en salas o cámaras de con la y que aquélla determine.

Qué significa en la práctica

La Constitución fija un mínimo de 5 miembros para el Superior Tribunal pero deja a la ley determinar el número exacto. El Tribunal puede funcionar dividido en salas especializadas (civil, penal, laboral) con las competencias que la ley establezca.

Ejemplo práctico

La ley puede ampliar el Superior Tribunal de 5 a 7 miembros y crear una Sala Civil y una Sala Penal, sin necesidad de reforma constitucional.

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