Artículo 209Declaración de la necesidad de la reforma
Texto oficial
Podrá promoverse la necesidad de la reforma por iniciativa de cualquier legislador o del Poder Ejecutivo. La declaración que así lo disponga deberá ser aprobada por el voto de los tres cuartos de los miembros de la Cámara, sin otra formalidad ulterior.
Qué significa en la práctica
Para poner en marcha una reforma constitucional, cualquier legislador o el Gobernador puede presentar la iniciativa. La Cámara de Diputados debe aprobar la necesidad de reforma con tres cuartas partes de sus miembros.
Ejemplo práctico
El Gobernador propone reformar el artículo sobre la reelección; si los tres cuartos de los diputados (ej. 34 de 45) votan a favor, la reforma queda declarada necesaria y se llama a convencionales.