Artículo 6Validez de actos durante intervención federal
Texto oficial
En caso de intervención del gobierno federal, los actos que su representante ejecutare en el desempeño de sus funciones, serán válidos para la Provincia, si hubieren sido realizados de acuerdo con esta Constitución y las leyes provinciales.
Qué significa en la práctica
Cuando la Nación interviene la Provincia, los actos del interventor federal solo son válidos si respetan la Constitución provincial y las leyes locales. Los actos que violen esas normas no producen efectos jurídicos en el ámbito provincial.
Ejemplo práctico
Si un interventor federal designara jueces sin respetar el procedimiento previsto en la Constitución chaqueña, esas designaciones serían nulas.