Ley 0

Artículo 140Misión del Defensor del Pueblo

Texto oficial

Su misión es la promoción y protección de los derechos humanos y demás derechos e intereses de incidencia colectiva y difusos, tutelados por el ordenamiento jurídico, ante hechos, actos u omisiones de todo poder, ente y órgano público; el control del ejercicio de toda función administrativa, sin que resulte menester que medie afectación de derechos, y la supervisión de la eficacia en la prestación de los servicios públicos.

Qué significa en la práctica

El Defensor tiene tres ejes: proteger derechos individuales y colectivos frente al Estado, controlar la función administrativa (no necesita esperar a que haya un daño concreto), y supervisar que los servicios públicos funcionen bien. Actúa frente a cualquier órgano o ente público.

Ejemplo práctico

Un vecino afectado por cortes reiterados de agua puede recurrir al Defensor sin demostrar perjuicio económico; el Defensor controla la prestación y puede exigir mejoras sin que exista un daño concreto aún.

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