Artículo 141Facultades de investigación del Defensor del Pueblo
Texto oficial
Tiene facultades de investigación en todo aquello que es de su . Las autoridades y prestadores de servicios públicos están obligados a brindarle colaboración con carácter preferente.
Qué significa en la práctica
El Defensor puede investigar cualquier asunto de su y los organismos públicos y empresas de servicios públicos están obligados a colaborar con prioridad, antes que con otros requerimientos administrativos ordinarios.
Ejemplo práctico
Si el Defensor investiga demoras en el servicio de salud pública y solicita información al Ministerio de Salud, este debe responder con prioridad frente a otros pedidos de información.