Ley 0

Artículo 141Facultades de investigación del Defensor del Pueblo

Texto oficial

Tiene facultades de investigación en todo aquello que es de su . Las autoridades y prestadores de servicios públicos están obligados a brindarle colaboración con carácter preferente.

Qué significa en la práctica

El Defensor puede investigar cualquier asunto de su y los organismos públicos y empresas de servicios públicos están obligados a colaborar con prioridad, antes que con otros requerimientos administrativos ordinarios.

Ejemplo práctico

Si el Defensor investiga demoras en el servicio de salud pública y solicita información al Ministerio de Salud, este debe responder con prioridad frente a otros pedidos de información.

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