Ley 0

Artículo 213Idoneidad docente y concurso para la titularidad

Texto oficial

Los docentes que ejercen el derecho a enseñar deben reunir las exigencias de idoneidad establecidas en la Constitución Nacional, basadas en la aptitud profesional certificada por títulos y antecedentes. La titularidad se alcanza por concurso reglamentado por ley.

Qué significa en la práctica

Para ejercer la docencia se requiere acreditar idoneidad mediante título habilitante y antecedentes. La estabilidad como docente titular se obtiene solo a través de un concurso, lo que impide las designaciones arbitrarias en cargos permanentes.

Ejemplo práctico

Un egresado del profesorado puede ser docente suplente o provisional mientras espera; para tener un cargo titular y la estabilidad plena debe ganar un concurso donde se evalúan su título, desempeño y antecedentes.

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