Artículo 213Idoneidad docente y concurso para la titularidad
Texto oficial
Los docentes que ejercen el derecho a enseñar deben reunir las exigencias de idoneidad establecidas en la Constitución Nacional, basadas en la aptitud profesional certificada por títulos y antecedentes. La titularidad se alcanza por concurso reglamentado por ley.
Qué significa en la práctica
Para ejercer la docencia se requiere acreditar idoneidad mediante título habilitante y antecedentes. La estabilidad como docente titular se obtiene solo a través de un concurso, lo que impide las designaciones arbitrarias en cargos permanentes.
Ejemplo práctico
Un egresado del profesorado puede ser docente suplente o provisional mientras espera; para tener un cargo titular y la estabilidad plena debe ganar un concurso donde se evalúan su título, desempeño y antecedentes.