Ley 0

Artículo 214Reconocimiento de títulos profesionales y habilitantes

Texto oficial

La Provincia reconoce títulos o diplomas que habiliten para el ejercicio de la profesión u oficio expedidos por los organismos debidamente autorizados por leyes nacionales o provinciales.

Qué significa en la práctica

La Provincia acepta como válidos los títulos expedidos por instituciones autorizadas por leyes nacionales o provinciales. Esto garantiza que el título obtenido en cualquier universidad o instituto debidamente habilitado del país sea reconocido para ejercer en Corrientes.

Ejemplo práctico

Un médico recibido en la UNNE puede ejercer la medicina en Corrientes sin revalidar su título; la provincia lo reconoce automáticamente por ser la UNNE una institución habilitada por ley nacional.

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