Ley 0

Artículo 31Derechos no enumerados

Texto oficial

Los derechos, declaraciones y garantías consignados en esta Constitución, no serán interpretados como mengua o negación de otros no enumerados o virtualmente retenidos por el pueblo, que nacen del principio de la soberanía popular y de la forma republicana de gobierno y que corresponden al hombre en su calidad de tal.

Qué significa en la práctica

Los derechos listados en la Constitución no son todos los que existen: hay derechos implícitos que no están escritos pero que nacen de la democracia, la soberanía popular y la dignidad humana. Un derecho no ser inconstitucional solo por no estar expresamente en el texto.

Ejemplo práctico

El derecho a la identidad de género, al nombre, o a la imagen no están en el texto de 2007 pero pueden derivarse de esta cláusula y de los principios que protegen a la persona humana.

← Ver en Constitución de la Provincia de Corrientes completaConstituciones