Ley 0

Artículo 37Iniciativa popular

Texto oficial

Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa popular para presentar proyectos de ley en la Legislatura, que debe darle expreso tratamiento dentro del término de doce (12) meses. La Legislatura sancionará la ley reglamentaria, que no podrá exigir más del tres por ciento (3%) del padrón electoral provincial. No pueden ser objeto de iniciativa popular aquellas normas referidas a reforma constitucional, convenios internacionales y tratados parciales, régimen electoral, tributos y presupuesto.

Qué significa en la práctica

Los ciudadanos pueden presentar proyectos de ley a la Legislatura con apoyo de hasta el 3% del padrón. La Legislatura debe tratarlos en 12 meses. No se admite iniciativa popular en materia de reforma constitucional, convenios, régimen electoral, impuestos ni presupuesto.

Ejemplo práctico

Un grupo de vecinos que junta firmas del 3% del padrón provincial puede presentar un proyecto de ley sobre protección de humedales; la Legislatura tiene 12 meses para tratarlo o el plazo vence y sigue la obligación de hacerlo.

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