Ley 0

Artículo 45Igualdad de géneros

Texto oficial

El Estado garantiza la igualdad real de oportunidades para mujeres y varones en lo cultural, económico, laboral, político, social y familiar; incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas y estimula la modificación de los patrones socio culturales con el objeto de eliminar prácticas basadas en el prejuicio de superioridad de cualquiera de los géneros. Reconoce el trabajo en el hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley.

Qué significa en la práctica

El Estado debe garantizar igualdad real —no solo formal— entre hombres y mujeres en todos los ámbitos. Las políticas públicas deben incorporar perspectiva de género. El trabajo doméstico tiene reconocimiento económico constitucional y las amas de casa tienen derecho a la seguridad social.

Ejemplo práctico

El Estado provincial que lanza un programa de empleo público sin cuotas de género puede ser impugnado por violar la igualdad real de oportunidades; una ama de casa puede exigir acceso a cobertura previsional conforme a la ley reglamentaria.

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