Ley 0

Artículo 63La tierra como instrumento de producción

Texto oficial

La Provincia considera la tierra como instrumento de producción, evitando la especulación, el desarraigo y la conformación de latifundios improductivos. Es legítima la propiedad privada del suelo y el acceso a la misma constituye un derecho para todos los habitantes de conformidad con la ley. El Estado Provincial propende a mantener la unidad productiva óptima, la ejecución de planes de colonización y el asentamiento de familias rurales con apoyo crediticio, técnico y de fomento. La ley establece las condiciones del manejo de la tierra como recurso renovable, y a través de impuestos generales desalienta su explotación irracional y su tenencia libre de mejoras.

Qué significa en la práctica

La tierra tiene función social y debe usarse productivamente. El Estado desalienta los latifundios improductivos mediante impuestos y promueve el acceso a la tierra para familias rurales con crédito y asistencia técnica. La propiedad privada es legítima pero debe ejercerse en forma productiva.

Ejemplo práctico

Un impuesto a la tierra improductiva que castigue a quienes tienen grandes extensiones sin trabajar es constitucional en Corrientes; facilita la redistribución hacia pequeños productores.

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