Ley 24.430

Artículo 7Fe pública de los actos provinciales

Texto oficial

Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.

Qué significa en la práctica

Una escritura firmada en Córdoba vale en Buenos Aires, un divorcio dictado en Mendoza es válido en Santa Fe. Los actos públicos y sentencias judiciales de una provincia son reconocidos en todas las demás. El Congreso puede reglamentar cómo se acreditan esos actos.

Ejemplo práctico

Un matrimonio celebrado en Salta es reconocido en Tierra del Fuego. Una sentencia de divorcio de los tribunales de Entre Ríos puede ejecutarse en la Provincia de Buenos Aires sin necesidad de un nuevo juicio.

Efectos prácticos

  • Una sentencia judicial dictada en una provincia tiene efecto en todo el país
  • Las escrituras, partidas de nacimiento y otros actos notariales valen en todas las provincias
  • Evita que cada provincia sea un Estado independiente con sus propias reglas de reconocimiento
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