Ley 14.473

Artículo 111Jefe de preceptores

Texto oficial

El cargo de jefe de preceptores será provisto con un preceptor con una antigüedad mínima de 5 años y concepto no inferior a "bueno", y en los últimos 2 años "muy bueno".

Qué significa en la práctica

El cargo de jefe de preceptores se provee con un preceptor con la antigüedad y el concepto que fija la ley.

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