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Art. 102
Ley 17.418
Artículo 102
Inspección de animales
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Texto oficial
El asegurador tiene derecho a inspeccionar y examinar los animales asegurados en cualquier tiempo y a su costa. Denuncia del siniestro
Qué significa en la práctica
El asegurador tiene derecho a inspeccionar y examinar los animales asegurados en cualquier tiempo.
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