Ley 17.671

Artículo 53Radicación del extranjero

Texto oficial

Fijada su residencia en el país, el extranjero se presentará a la oficina seccional más próxima a su domicilio para proceder a la obtención del documento nacional de identidad, según corresponda a su edad.

Qué significa en la práctica

Fijada su residencia en el país, el extranjero debe presentarse a la oficina seccional más próxima para su identificación.

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