Ley 19.724

Artículo 15Cláusula de reajuste

Texto oficial

Todo supuesto de precio sometido a reajuste deberá constar en el como cláusula especial de la que resulte con toda claridad los criterios aplicables. Es nula toda cláusula que deje librado el reajuste del precio a la voluntad del propietario, vendedor, constructor o a terceros vinculados a ellos, aunque actúen en calidad de árbitros. Responsabilidad

Qué significa en la práctica

Todo precio sometido a reajuste debe constar en el como cláusula especial, con el mecanismo de actualización claramente determinado.

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