Ley 22.016

Artículo 3Potestad tributaria local

Texto oficial

Las entidades, organismos, demás sujetos y/o beneficiarios mencionados en los artículos 1° y 2°, estarán sujetos a la potestad tributaria provincial y municipal.

Qué significa en la práctica

Las entidades y sujetos alcanzados quedan sujetos a la potestad tributaria provincial y municipal.

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