Ley 22.248

Artículo 4Régimen exclusivo

Texto oficial

Las remuneraciones y condiciones laborales de todos los trabajadores agrarios se regirán exclusivamente por la presente ley y las resoluciones que en su consecuencia dicte la Comisión Nacional de Trabajo Agrario. El presente régimen sustituye de pleno derecho a todas las normas nacionales o provinciales cuyo contenido se relacionare con sus disposiciones.

Qué significa en la práctica

Las remuneraciones y condiciones de los trabajadores agrarios se rigen exclusivamente por esta ley y las resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, que sustituye a toda otra norma.

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