Ley 22.431

Artículo 1Objeto: sistema de protección integral

Texto oficial

Institúyese por la presente ley, un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las personas normales.

Qué significa en la práctica

Crea un sistema integral para asegurar a las personas con discapacidad atención médica, educación y seguridad social, y darles franquicias y estímulos para integrarse en igualdad de condiciones.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Protección Integral de las Personas con Discapacidad completaLeyes