Ley 23.351

Artículo 14Fondo Especial

Texto oficial

Además de las partidas que sean asignadas por el Presupuesto General de Gastos de la Nación, créase el Fondo Especial para Bibliotecas Populares. Este Fondo se destinará exclusivamente para el otorgamiento de beneficios directos a las Bibliotecas Populares.

Qué significa en la práctica

Crea el Fondo Especial para Bibliotecas Populares, destinado exclusivamente al otorgamiento de beneficios directos a las bibliotecas.

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