Invítase a las
provincias a dictar, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones,
las normas correspondientes para destinar los recursos, que por
aplicación de esta ley percibirán , a las mismas finalidades enunciadas
en el artículo 1º.
Qué significa en la práctica
Invita a las provincias a dictar, en sus jurisdicciones, las normas necesarias para destinar los recursos que perciban por esta ley a las mismas finalidades del artículo 1º: educación y promoción del cooperativismo. Es una invitación, no una —la Nación no puede imponerle a una provincia el destino de su coparticipación—, y por eso su cumplimiento depende de cada legislatura provincial.