Las empresas prestadoras deben habilitar un registro de reclamos donde quedarán asentadas las presentaciones de los usuarios. Los mismos podrán efectuarse por nota escrita, correo electrónico u otras modalidades que la empresa habilite. Dichas empresas deben entregar o remitir una constancia de su recepción con indicación de los datos del reclamante, fecha de presentación, número de identificación del reclamo y plazo en que se expedirá sobre el reclamo. Los usuarios y las asociaciones de consumidores podrán requerir información sobre el estado de tramitación de los reclamos. Deben mantener el registro por un plazo de SEIS (6) meses.
Qué significa en la práctica
Las empresas de servicios públicos deben tener un registro de reclamos accesible para los usuarios. Al recibir un reclamo deben entregar un comprobante con número de identificación y plazo de respuesta. Los reclamos deben conservarse por 6 meses.
Ejemplo práctico
Al llamar a la empresa de internet para reportar un corte, deben darte un número de caso y decirte en cuántos días responden.
Efectos prácticos
•El usuario tiene derecho a un número de reclamo y a saber cuándo le responderán.
•El registro debe ser accesible también para las asociaciones de consumidores.
•La empresa no puede argumentar que no recibió el reclamo si el usuario tiene el comprobante.