Ley 24.240

Artículo 33Venta por correspondencia y otras

Texto oficial

Es aquella en que la propuesta se efectúa por medio postal, telecomunicaciones, electrónico o similar y la aceptación se perfecciona por iguales medios. En todos los casos, el debe tener la posibilidad de obtener la muestra, indicaciones o demostraciones del producto que se ofrece.

Qué significa en la práctica

La venta por correspondencia es la que se hace y acepta por correo, teléfono, email o medios similares. El siempre tiene derecho a pedir muestras o demostraciones del producto antes de comprarlo.

Ejemplo práctico

Una compra por e-commerce se perfecciona cuando el consumidor confirma electrónicamente; la empresa debe poder mostrar el producto con imágenes, especificaciones o videos.

Efectos prácticos

  • Las compras online se perfeccionan al aceptarse electrónicamente; el consumidor puede pedir información y demostraciones.
  • El consumidor no puede ser forzado a comprar sin la posibilidad de ver al menos indicaciones del producto.
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