La Secretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Economía y Producción, será la autoridad nacional de aplicación de esta ley. Los gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control, vigilancia y juzgamiento en el cumplimiento de esta ley y de sus normas reglamentarias respecto de las presuntas infracciones cometidas en sus respectivas jurisdicciones.
Qué significa en la práctica
La Secretaría de Comercio (hoy Secretaría de Comercio Interior) es la autoridad nacional de consumo. Las provincias y CABA aplican la ley en su territorio. Esto significa que podés hacer reclamos en el organismo de consumo de tu provincia, no necesariamente ante el organismo nacional.
Ejemplo práctico
Un consumidor de Mendoza puede reclamar ante la Dirección de Defensa del Consumidor de Mendoza, sin necesidad de ir a Buenos Aires.
Efectos prácticos
•Los reclamos pueden tramitarse ante el organismo de consumo provincial (ej. OMIC en municipios).
•Las provincias tienen facultad de sancionar directamente a infractores en su jurisdicción.
•La autoridad nacional fija criterios, las provinciales ejecutan en el territorio.