Ley 24.241

Artículo 54Falta de derechohabientes

Texto oficial

En caso de no existir derechohabientes, según la enumeración efectuada en el artículo , se abonará el saldo de la cuenta de capitalización individual a los herederos del causante declarados judicialmente.

Qué significa en la práctica

Regula el caso de inexistencia de derechohabientes.

Normas relacionadas

← Ver en Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones completaLeyes