Ley 24.449

Artículo 3Garantía de libertad de tránsito

Texto oficial

GARANTIA DE LIBERTAD DE TRANSITO. Queda prohibida la retención o demora del conductor, de su vehículo, de la documentación de ambos y/o licencia habilitante por cualquier motivo, salvo los casos expresamente contemplados por esta ley u ordenados por juez competente.

Qué significa en la práctica

Prohíbe la retención o demora del conductor, su vehículo o su documentación fuera de los casos legales.

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