Ley 24.522

Artículo 230Presupuestos

Texto oficial

Presupuestos. Realizado totalmente el activo, y practicada la distribución final, el juez resuelve la clausura del procedimiento. La resolución no impide que se produzcan todos los efectos de la quiebra.

Qué significa en la práctica

Clausura por distribución final: realizado todo el activo y hecha la distribución, el juez clausura el procedimiento. La clausura no impide que sigan produciéndose los efectos de la quiebra.
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