Ley 24.522

Artículo 229Carta de pago

Texto oficial

Carta de pago. El artículo se aplica cuando se agregue al expediente carta de pago de todos los acreedores, debidamente autenticada, y se satisfagan los gastos íntegros del concurso. También se aplica cuando, a la época en que el juez debe decidir sobre la verificación o admisibilidad de los créditos, no exista presentación de ningún acreedor, y se satisfagan los gastos íntegros del concurso.

Qué significa en la práctica

La conclusión por pago total también procede cuando se agrega la carta de pago de todos los acreedores y se cubren los gastos, o cuando ningún acreedor se presentó a verificar y se pagan los gastos del concurso.
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