Ley 24.522

Artículo 27Edictos

Texto oficial

Edictos. La resolución de apertura del concurso preventivo se hace conocer mediante edictos que deben publicarse durante CINCO (5) días en el diario de publicaciones legales de la del juzgado, y en otro diario de amplia circulación en el lugar del domicilio del deudor, que el juez designe. Los edictos deben contener los datos referentes a la identificación del deudor y de los socios ilimitadamente responsables; los del juicio y su radicación; el nombre y domicilio del síndico, la intimación a los acreedores para que formulen sus pedidos de verificación y el plazo y domicilio para hacerlo. Esta publicación está a cargo del deudor y debe realizarse dentro de los CINCO (5) días de haberse notificado la resolución.

Qué significa en la práctica

La apertura del concurso se publica en edictos por 5 días (en el boletín de publicaciones legales y en un diario de amplia circulación) para que todos los acreedores se enteren. Los edictos identifican al deudor, al síndico y el plazo y lugar para pedir la verificación. Los paga el deudor.
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