Ley 24.522

Artículo 296Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a reglamentar el funcionamiento

Texto oficial

Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a reglamentar el funcionamiento y organización del REGISTRO NACIONAL DE CONCURSOS Y QUIEBRAS.

Qué significa en la práctica

Faculta al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar el funcionamiento y la organización del Registro Nacional de Concursos y Quiebras.
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