Cesación de pagos. Para la apertura de concurso resultará suficiente con que uno de los integrantes del agrupamiento se encuentre en estado de cesación de pagos, con la condición de que dicho estado pueda afectar a los demás integrantes del grupo económico.
Qué significa en la práctica
Para abrir el concurso del grupo alcanza con que uno solo de sus integrantes esté en cesación de pagos, siempre que ese estado pueda afectar a los demás integrantes.