Ley 25.053

Artículo 13Asignación especial remunerativa por cargo

Texto oficial

Los recursos del Fondo Nacional de Incentivo Docente serán destinados a abonar una asignación especial de carácter remunerativo por cargo que se liquidará mensualmente exclusivamente a los agentes que cumplan efectivamente función docente. Los criterios para definir la asignación a los distintos cargos serán acordados entre el Consejo Federal de Cultura y Educación y las Organizaciones Gremiales Docentes con personería nacional, procurando compensar desigualdades.

Qué significa en la práctica

Este es el artículo que define qué cobra el docente: una asignación especial por cargo, mensual y de carácter remunerativo, que solo perciben quienes cumplen efectivamente función docente. Cuánto le toca a cada cargo se acuerda entre el Consejo Federal de Cultura y Educación y los gremios docentes nacionales, buscando compensar desigualdades entre jurisdicciones.

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