Artículo 13Asignación especial remunerativa por cargo
Texto oficial
Los recursos del Fondo Nacional de Incentivo Docente serán destinados a abonar una asignación especial de carácter remunerativo por cargo que se liquidará mensualmente exclusivamente a los agentes que cumplan efectivamente función docente. Los criterios para definir la asignación a los distintos cargos serán acordados entre el Consejo Federal de Cultura y Educación y las Organizaciones Gremiales Docentes con personería nacional, procurando compensar desigualdades.
Qué significa en la práctica
Este es el artículo que define qué cobra el docente: una asignación especial por cargo, mensual y de carácter remunerativo, que solo perciben quienes cumplen efectivamente función docente. Cuánto le toca a cada cargo se acuerda entre el Consejo Federal de Cultura y Educación y los gremios docentes nacionales, buscando compensar desigualdades entre jurisdicciones.