Artículo 3Todos los gastos quedan a cargo del Obispado
Texto oficial
Los gastos que demande la mensura, división y transferencia del inmueble descripto en el artículo 1°, estarán a cargo del Obispado de San Justo, como así también todos los gastos ocasionados para el mantenimiento y conservación del predio, mejoras realizadas en el mismo, pago de deudas por tributos y servicios que lo gravaren.
Qué significa en la práctica
El Estado nacional no pone dinero. La mensura, la subdivisión, la escrituración, el mantenimiento del predio, las mejoras y las deudas por impuestos y servicios corren por cuenta del Obispado de San Justo.