Ley 25.174

Artículo 5Productos aptos no comprendidos en la definición

Texto oficial

Productos aptos no comprendidos. os productos aptos no comprendidos que o se adecuen al artículo 2º de esta ley, pero que onforme a las condiciones que establezca la reglamentación e la presente sean considerados como aptos para malla antigranizo, podrán ser igualmente sometidos al control de calidad del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y aprobados en las condiciones del segundo párrafo del artículo anterior.

Qué significa en la práctica

Los productos que no se ajustan a la definición del artículo 2 pero que la reglamentación considere igualmente aptos para malla antigranizo pueden someterse al control de calidad del INTI y ser aprobados con la misma etiqueta.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Malla Antigranizo completaLeyes