Ley 25.210

Artículo 3Equiparación de las organizaciones de veteranos

Texto oficial

Las organizaciones de veteranos de guerra tendrán los mismos derechos y obligaciones que las organizaciones de jubilados y pensionados.

Qué significa en la práctica

Le da a las organizaciones de veteranos de guerra los mismos derechos y obligaciones que a las organizaciones de jubilados y pensionados. En la práctica, eso les permite acceder a los programas, subsidios y canales institucionales previstos para los centros de jubilados, y las somete a las mismas exigencias de funcionamiento y rendición.

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