Artículo 1Aprobación del tratado de amistad y cooperación con Italia
Texto oficial
Apruébase el TRATADO GENERAL DE AMISTAD Y COOPERACION PRIVILEGIADA ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA ITALIANA, suscripto en Buenos Aires el 6 de abril de 1998, que consta de DIEZ (10) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el tratado firmado en Buenos Aires el 6 de abril de 1998, de diez artículos. Al entrar en vigor reemplaza como marco general al tratado de relación asociativa particular de 1987: institucionaliza las consultas políticas de alto nivel, habilita el programa económico trienal con foco en pequeñas y medianas empresas y fija los compromisos de cooperación cultural, científica y con la colectividad italiana en la Argentina.