Ley 25.233

Artículo 12Requisitos para ser Síndico General de la Nación

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 109 — Administración Financiera, por el siguiente: “ARTICULO 109. — Para ser Síndico General de la Nación será necesario poseer título universitario en el área de Ciencias Económicas o Derecho y una experiencia en Administración Financiera y Auditoría no inferior a los ocho (8) años”.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 109 — Administración Financiera de Administración Financiera. Para presidir la Sindicatura General de la Nación, el órgano de control interno del Poder Ejecutivo, se exige título universitario en Ciencias Económicas o Derecho y no menos de ocho años de experiencia en administración financiera y auditoría. Antes el requisito era menos exigente.

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