Ley 25.239

Artículo 4Bienes Personales

Texto oficial

Modifícase la Ley de Bienes Personales, Título VI, de Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, de la siguiente forma: a) Incorpórase a continuación del inciso c) del artículo 23, el siguiente: "...) Los títulos valores que no coticen en bolsas o mercados del exterior: será de aplicación el tercer párrafo del inciso h) del artículo 22. En aquellos casos en que los mencionados títulos valores correspondan a sociedades radicadas o constituidas en países que no apliquen un régimen de nominatividad de acciones el valor declarado deberá ser respaldado mediante la presentación del respectivo balance patrimonial. De no cumplirse con el requisito previsto en el párrafo anterior dicha tenencia quedara sujeta al régimen de liquidación del impuesto previsto en el Artículo 26, siendo de aplicación para estos casos lo dispuesto en el noveno párrafo de la mencionada norma y resultando responsable de su ingreso el titular de los referidos bienes." b) Sustitúyese el artículo 24, por el siguiente: "Artículo 24.- No estarán alcanzados por el impuesto los sujetos indicados en el inciso a) del artículo 17 cuyos bienes, valuados de conformidad a lo dispuesto en los artículos 22 y 23, resulten iguales o inferiores a CIENTO DOS MIL TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 102.300.-) c) Sustitúyese el primer párrafo del artículo 25, por el siguiente: "Artículo 25.- El gravamen a ingresar por los contribuyentes a que se alude en el artículo anterior, surgirá de la aplicación, sobre el valor total de los bienes sujetos al impuesto cuyo monto exceda del establecido en el artículo 24, de la alícuota que para cada caso se fija a continuación: VALOR TOTAL DE LOS BIENES SUJETOS AL IMPUESTO ALICUOTA SOBRE EL EXCEDENTE Hasta 200.000 0,50 % Más de 200.000 0,75 %" d) Sustitúyese, en el primer párrafo del artículo 26, la expresión "CINCUENTA CENTESIMOS POR CIENTO ( 0,50%)" por la expresión "SETENTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO ( 0,75 %)".

Qué significa en la práctica

Modifica el Impuesto sobre los Bienes Personales (Ley de Bienes Personales, Título VI), incorporando y ajustando disposiciones.

Normas relacionadas

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