Ley 25.286

Artículo 1Aprobación del Acuerdo nuclear con Grecia

Texto oficial

Apruébase el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA HELENICA SOBRE COOPERACION EN LOS USOS PACIFICOS DE LA ENERGIA NUCLEAR, suscripto en Atenas —REPUBLICA HELENICA— el 17 de julio de 1997, que consta de DOCE (12) artículos, cuyas fotocopias autenticadas en idiomas castellano e inglés forman parte de la presente Ley.

Qué significa en la práctica

El Congreso aprueba el Acuerdo sobre Cooperación en los Usos Pacíficos de la Energía Nuclear firmado con la República Helénica (Grecia) en Atenas el 17 de julio de 1997. El acuerdo tiene doce artículos y se incorpora a la ley como anexo autenticado, en castellano e inglés. Habilita cooperación en investigación, reactores, seguridad y protección radiológica, radioisótopos para medicina, industria y agricultura, gestión de desechos y formación de personal, con el compromiso expreso de destinar todo lo transferido solo a fines pacíficos y bajo las salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica.

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