Ley 25.415

Artículo 2Obligatoriedad de la pesquisa auditiva antes del tercer mes

Texto oficial

Será obligatoria la realización de los estudios que establezcan las normas emanadas por conforme al avance de la ciencia y la tecnología para la detección temprana de la hipoacusia, a todo recién nacido, antes del tercer mes de vida.

Qué significa en la práctica

Convierte el derecho del artículo anterior en una con plazo: los estudios de detección temprana son obligatorios para todo recién nacido y deben hacerse antes de los tres meses de vida. Qué estudios exactamente lo define la , que puede actualizarlos a medida que avanza la tecnología (hoy, típicamente, otoemisiones acústicas y potenciales evocados auditivos).

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