Artículo 19Acciones de apoyo general: hasta el 15% del FRAO
Texto oficial
La , previa consulta con la CAT, podrá destinar anualmente hasta
el quince (15) por ciento de los fondos del FRAO para otras acciones de
apoyo general a la recuperación de la ganadería ovina que considere
convenientes tales como:
a) Llevar a cabo campañas de difusión de los alcances del presente régimen;
b) Realizar estudios de mercado y transferir la información a los productores;
c) Solventar los programas Prolana y Carne Ovina
Patagónica de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación, u otros equivalentes de carácter nacional o provincial,
que tengan como objetivo la búsqueda de una mejora en el sistema de
producción ovina;
d) Realizar acciones tendientes a la apertura y mantenimiento de los mercados;
e) Apoyar a los gobiernos provinciales en las
medidas de control de las especies de animales silvestres predadores de
la ganadería ovina;
f) Apoyar económicamente a los productores ante
casos muy graves y urgentes que afecten sanitariamente a las majadas y
que superen la presupuestaria de los organismos nacionales y
provinciales específicos correspondientes;
g) Solventar campañas para incrementar el consumo de
carne ovina, de prendas de lana o cuero lanar o de cualquier otro
producto derivado de la explotación de la hacienda ovina;
h) Financiar la realización de estudios a nivel
regional de suelos, de aguas y de vegetación, los fines que sean
utilizados como base para fundamentar una adecuada evaluación de los
planes de trabajo y proyectos de inversión presentados al régimen;
i) Capacitar a productores, empleados permanentes de
los establecimientos dedicados a la actividad ovina, técnicos y a los
profesionales involucrados en la formulación y ejecución de los planes
y proyectos de inversión presentados a este régimen.
Qué significa en la práctica
Permite a la , consultando a la CAT, destinar hasta el quince por ciento anual del FRAO a acciones que no son ayudas directas a un productor concreto sino apoyo general al sector: campañas de difusión del régimen; estudios de mercado y su transferencia a los productores; financiar los programas Prolana y Carne Ovina Patagónica u otros equivalentes; abrir y mantener mercados; apoyar a las provincias en el control de los animales silvestres predadores; asistir económicamente ante emergencias sanitarias graves y urgentes que superen la de los organismos específicos; campañas para aumentar el consumo de carne ovina y de prendas de lana o cuero lanar; financiar estudios regionales de suelos, aguas y vegetación; y capacitar a productores, empleados permanentes, técnicos y profesionales.