Ley 25.422

Artículo 23Infracciones y sanciones

Texto oficial

Toda infracción a la presente ley y a las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, será sancionada, en forma gradual y acumulativa, con: a) Caducidad total o parcial de los beneficios otorgados; b) Devolución del monto de los subsidios; c) Devolución inmediata del total de los montos entregados como créditos pendientes de amortización. En todos los casos se recargarán los montos a reintegrar con las actualizaciones, intereses y multas que establezcan las normas legales vigentes en el ámbito nacional; d) Pago a las administraciones provinciales o municipales de los montos de los impuestos, tasas y/o cualquier otro tipo de contribución provincial o municipal no abonados por causa de la presente ley, más las actualizaciones, intereses y multas de acuerdo a lo que establezcan las normas provinciales y municipales. La , a propuesta de la comisión asesora, impondrá las sanciones indicadas en los incisos a), b) y c), y las provincias afectadas impondrán las sanciones expuestas en el inciso d) . La reglamentación establecerá el procedimiento para la imposición de las sanciones, garantizando el derecho de defensa de los productores. CAPITULO II Disposiciones finales

Qué significa en la práctica

Toda infracción a la ley o a su reglamentación se sanciona en forma gradual y acumulativa con: a) caducidad total o parcial de los beneficios; b) devolución del monto de los subsidios; c) devolución inmediata del total de los créditos pendientes de amortización —en estos casos con las actualizaciones, intereses y multas de las normas nacionales vigentes—; y d) pago a las administraciones provinciales o municipales de los impuestos, tasas y contribuciones que no se abonaron por causa de la ley, con las actualizaciones, intereses y multas provinciales y municipales. Las sanciones de los incisos a), b) y c) las impone la a propuesta de la comisión asesora; la del inciso d), cada provincia afectada. La reglamentación debe fijar el procedimiento garantizando el derecho de defensa del productor.
← Ver en Ley Ovina completaLeyes