Artículo 16Cómo se reparte el aporte anual: 20% igualitario y 80% por votos
Texto oficial
Los recursos disponibles para el aporte anual para el desenvolvimiento institucional se distribuirán de la siguiente manera:
a) veinte por ciento (20%), en forma igualitaria entre todos los partidos reconocidos.
b) ochenta por ciento (80%), en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la última elección de diputados nacionales. Sólo participarán en esta distribución los partidos que hubieran participado en la última elección.
Qué significa en la práctica
La fórmula del reparto anual: el 20% se divide en partes iguales entre todos los partidos reconocidos, y el 80% en forma proporcional a los votos que cada partido sacó en la última elección de diputados nacionales. En este 80% solo participan los partidos que se presentaron a esa elección. O sea: existir da algo, sacar votos da mucho más.