El Estado otorgará a los partidos o alianzas que oficialicen candidaturas, un aporte para colaborar con los gastos de impresión de las boletas electorales. El Ministerio del Interior determinará al comienzo de la campaña electoral el total de los recursos a distribuir. Serán de aplicación las reglas previstas para la distribución del aporte para la campaña electoral.
Qué significa en la práctica
El Estado da además un aporte para colaborar con los gastos de impresión de las boletas electorales, financiado con el 10% que retiene el Ministerio del Interior según el artículo 21. El Ministerio fija al comienzo de la campaña el total a distribuir, y el reparto sigue las mismas reglas que el aporte de campaña (30% igualitario, 70% por votos).