Artículo 4Inhabilitación del presidente y del tesorero por usar cuentas paralelas
Texto oficial
El presidente y tesorero del partido que autoricen o consientan la utilización de cuentas distintas de las establecidas en esta ley para el financiamiento de la actividad del partido político serán pasibles de inhabilitación de seis (6) meses a diez (10) años, para el ejercicio de sus derechos de elegir y ser elegido en las elecciones a cargos públicos nacionales, y en las elecciones de autoridades de los partidos políticos y para el ejercicio de cargos públicos y partidarios.
Qué significa en la práctica
Además de castigar al partido, la ley castiga a las personas. El presidente y el tesorero que autoricen o consientan el uso de cuentas distintas de las previstas pueden ser inhabilitados de seis meses a diez años para votar y ser votados en elecciones nacionales, para participar en elecciones internas partidarias y para ejercer cargos públicos y partidarios.