Artículo 1Aprobación del canje de notas con España sobre reconocimiento de títulos
Texto oficial
Apruébase el ACUERDO POR CANJE DE NOTAS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA REFERIDO A LA MODIFICACION DEL ARTICULO 2° DEL CONVENIO DE COOPERACION CULTURAL DE 1971, suscripto en Buenos Aires por Notas del 16 de enero de 2001 y del 6 de marzo de 2001, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
Qué significa en la práctica
El Congreso aprueba el acuerdo formado por dos notas diplomáticas intercambiadas en Buenos Aires —la española del 16 de enero de 2001 y la respuesta argentina del 6 de marzo de 2001— que reescribe el artículo 2° del Convenio de Cooperación Cultural de 1971. Esa nueva redacción es la que fija hoy cómo se reconocen entre ambos países los certificados de secundaria y los títulos superiores: por equivalencia de nivel, duración y materias obligatorias, con los mismos efectos que un título propio y sin discriminación por nacionalidad.