Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos, típica de la emergencia de 2002. Tres meses antes, el Art. 12 — Reforma concursal de 2002 (Ley 25.589) había reescrito el Art. 16 — Ley de Emergencia Productiva y Crediticia suspendiendo por ciento ochenta días corridos las subastas de inmuebles donde vivía el deudor o donde estaban los bienes afectados a su actividad comercial, y las medidas que impidieran usarlos. Al acercarse el vencimiento de ese plazo, con la crisis todavía sin resolver, el Congreso estiró la protección noventa días corridos más. Su efecto está agotado: fue una medida temporaria de ese año, no una regla permanente.Objetivo
Extender por noventa días la protección temporaria de la vivienda del deudor y de los bienes afectados a su actividad frente a subastas y .Problema que resuelve
La suspensión dispuesta en mayo de 2002 vencía sin que la situación económica que la había motivado hubiera mejorado, de modo que al vencer se reanudaban de golpe las subastas suspendidas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes