Ley 25.690

Artículo 3Multas y destino de lo recaudado

Texto oficial

La fijará las multas a imponer a las empresas ISP infractoras de lo dispuesto en la presente ley y las mismas serán depositadas en una cuenta especial a crearse en el Banco de la Nación Argentina, con destino a la difusión de la existencia de este servicio en la red.

Qué significa en la práctica

La fija las multas a los proveedores que incumplan. Lo recaudado no va a rentas generales: se deposita en una cuenta especial del Banco de la Nación Argentina destinada a difundir en la red la existencia de este servicio de protección.

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